EL DECRETO DE TRONCALIDAD TUMBADO POR EL SUPREMO

La Sección Cuarta de la Sala Tercera estima el recurso de la Sociedad Española de Inmunología y anula el Real Decreto por ser “palmariamente insuficiente” la Memoria del Análisis de Impacto Normativo


El Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto que regula la troncalidad en el ámbito de la formación sanitaria por ser insuficiente su Memoria de impacto económico.

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad del Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, por el que se regula la troncalidad y otros aspectos de la formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud. La Sección Cuarta de la Sala Tercera estima el recurso de la Sociedad Española de Inmunología y anula el Real Decreto por ser “palmariamente insuficiente” la Memoria del Análisis de Impacto Normativo en cuanto al impacto económico y presupuestario de la reforma que aquella disposición entraña.

El sistema de la troncalidad en la formación sanitaria establece una enseñanza común durante un tiempo a varias especialidades médicas, con competencias nucleares y comunes, a la que le sigue después un período concreto y específico para cada especialización. Representantes de varias especialidades médicas recurrieron ante el Tribunal Supremo al considerar que se había aprobado la implantación de la troncalidad sin haberse realizado un verdadero análisis de su impacto económico y en especial la repercusión económica en las Comunidades Autónomas donde se iba a aplicar. Además, los médicos recurrentes entendían que el nuevo sistema vulneraba una Directiva europea y discriminaba a los médicos españoles respecto a sus homólogos europeos.

La primera sentencia sobre esta materia responde al recurso de la Sociedad Española de Inmunología; la Sala ha valorado en primer lugar el motivo de nulidad basado en la insuficiencia de la Memoria de Impacto Normativo, en lo relativo al análisis de los aspectos económicos y presupuestarios.

Frente a la Memoria que defendía el coste cero y la ausencia de impacto alguno en los gastos de las Comunidades Autónomas, la Sala entiende que sí existirán unos costes directos e indirectos relevantes a los que tendrán que hacer frente las Comunidades Autónomas. El Tribunal se apoya en los informes aportados por 13 Comunidades Autónomas sobre los costes del nuevo sistema. Fueron solicitados por la Sala, como diligencia final del proceso antes de tomar una decisión y después de escuchar al perito designado por los recurrentes, que cifró en algo más de mil millones y medio de euros el coste total de los cambios que supone el Real Decreto de troncalidad.

El tribunal considera que la Administración del Estado no puede escudarse en la autonomía presupuestaria de las Comunidades y que debe ser “especialmente rigurosa en el análisis económico de la implantación de un sistema que se aprueba por Real Decreto, pero que se impone- necesariamente- a aquellos otros entes territoriales”.

La sentencia, ponencia del magistrado Jesús Cudero, recuerda que el Consejo de Estado y el Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud ya advirtieron, durante la tramitación del proyecto, de la insuficiencia de las previsiones de la Administración sobre el impacto económico. El ponente incluye también la jurisprudencia que señala que las normas reglamentarias pueden ser nulas, no solo en los casos en que omiten el análisis económico y presupuestario, “sino también en aquellos otros en los que el que acompaña a la decisión de que se trate resulta ser de todo punto insuficiente de manera que no permita a la Memoria cumplir la importante finalidad que, a tenor de la normativa vigente, le es propia”.

La sentencia concluye que la Memoria “resulta palmariamente insuficiente, lo que determina la nulidad de la disposición reglamentaria que nos ocupa”.

AEMIR ha hecho suya la nota de prensa del Consejo estatal de Estudiantes de Medicina (CEEM). La troncalidad es una de las “grandes incertidumbres que siguen inquietando a los estudiantes de Medicina”, ha destacado CEEM). Igualmente, para AEMIR son numerosos los vacíos que presenta el RD “como la escasa definición de las competencias en los programas troncales, la distribución arbitraria de los troncos, los itinerarios formativos, la implantación de la troncalidad en las diferentes áreas sanitarias y la conformación de unidades docentes”. Todas estas lagunas, incide, “junto con la indefinición de la duración de la formación especializada y la posible inadecuación al contexto europeo”, preocupan a los estudiantes de Medicina, “que ven ante ellos un futuro incierto”. 

Entre todos, un problema principal que este sistema plantea a los estudiantes, recuerda el Consejo, es la llamada ‘doble elección’ definida por el actual Real Decreto, en la que el estudiante, antes de iniciar el periodo troncal MIR, ha de elegir uno de los cinco troncos generales, y a los dos años, volver a pasar otro proceso de elección, desconociendo si accederá a la especialidad deseada al inicio del proceso.
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El método ROPA como forma de embarazo compartido

En los últimos años ha aumentado exponencialmente el número de parejas homosexuales que han recurrido a la técnica ROPA o Recepción de Óvulos de la Pareja para experimentar su maternidad de forma conjunta. Así, algo que hace unos años era imposible de imaginar, gracias a los avances en medicina unidos a la legalidad, ahora es posible. Dos mujeres ya pueden participar en el embarazo de forma biológica.
La gestación por el método ROPA, también conocido como maternidad compartida o doble maternidad, no difiere especialmente de otros procesos de inseminación. Una de las mujeres aportaría los óvulos. Ésta tendrá que pasar por la estimulación de los ovocitos y una punción para extraerlos. Normalmente será la más joven de la pareja, lo que dará más garantías al embarazo de llegar a término. De todos modos, se someterá a ambas a unas pruebas de fertilidad para ver las posibilidades de cada una. Después, los óvulos serán fecundados e implantados mediante inseminación artificial.
La otra mujer será la encargada de recibir los embriones y de la gestación del feto hasta su nacimiento. Si bien, esta última no aporta carga genética, es la que llevará al bebé en su vientre y le aportará todo lo necesario para su supervivencia. La ventaja que presenta este tipo de reproducción asistida es que permite a las dos participar en el proceso de forma activa, siendo una la madre genética y la otra madre gestante.
En España, se utiliza mucho este método para parejas homosexuales. Gracias a la legislación vigente, es posible para las dos mujeres constar como madres de su hijo a efectos legales. Aunque no existe un marco legal que regule propiamente el método de Recepción de Óvulos de la Pareja, la ley de reproducción asistida de 2006 le da la posibilidad de existir. Además, desde 2007 se permite la doble maternidad en el registro civil, aunque se requiere que las dos mujeres estén casadas para que ambas sean consideradas como madre del bebé.
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Estas son las especialidades en las que los MIR trabajan más horas en USA

No todos los MIR trabajan igual. Una investigación publicada en la American Medical Association (AMA) revela que los residentes trabajan una mayor cantidad de horas a la semana según la especialidad en la que se estén formando. Los cirujanos son los que dedican más tiempo a su formación en contraposición con los dermatólogos o quienes se forman en Medicina Nuclear y Genética. En concreto, hay una diferencia de hasta 30 horas semanales de margen entre cada disciplina.

Tabla comparativa de horas trabajadas y vacaciones de los MIR por especialidad.
Tabla comparativa de horas trabajadas y vacaciones de los MIR por especialidad.
Según la investigación, Neurocirugía es la más comprometida con 75,6 horas a la semana invertidas en formación sanitaria especializada, por lo que solo descansan una media de 1,2 días. Una tendencia similar a la registrada en Cirugía Generalcon 75,1 horas semanales (1,1 días de descanso), Cirugía Torácica con 73 horas semanales (1,1 días), Cirugía Vascular con 72 horas (1,2 días) y Cirugía Plástica con 71,2 horas (1,2 días). En este sentido, el área quirúrgica domina el ‘Top cinco’ de los MIR que dedican más tiempo a la formación.

En la clasificación le siguen Ginecología y Obstetricia, donde los residentes destinan un total de 70,8 horas a la semana, con un descanso medio de 1,3 días. En la misma línea de lo que ocurre con Cirugía Ortopédica(69,6 horas); Otorrinolaringología (67,7 horas), Urología (66 horas) y Neurología (64,6 horas). Sin embargo, no todas las disciplinas se dedican durante tanto tiempo a la semana, existiendo algunas que no superan el límite de las 50 horas semanales.

En el caso de Dermatología, es la especialidad donde los residentes solo se forman con 45 horas semanales, dándoles una media de 1,9 días de descanso. Una situación que se aproxima a la que registran Medicina Nuclear (47,4 horas), Medicina Genética (48,2), Oncología (50 horas), y Patología(51,4 horas). A las que se suman otras como, por ejemplo, Oftalmología y Radiología con una media de 51,8 horas semanales, mientras que en Psiquiatría y Urgencias el promedio asciende hasta las 55,7 y 56,6 horas a la semana.

Los más vacacionales

Los residentes que dedican más tiempo a sus vacaciones son los pertenecientes a Medicina Nuclear y Radiología, ambos con una media de 3,5 semanas al año, aunque le siguen con 3,4 semanas otras tantas como: Medicina Genética, Oncología, Fisioterapia, Anestesiología, Medicina Interna, Pediatría, Neurología, y Urología. En la otra punta de la tabla está Cirugía Plástica, que solo destina tres semanas, una situación que también viven con 3,1 semanas los MIR de Medicina de Familia y Comunitaria, Cirugía Ortopédica, Otorrinolaringología, Cirugía Vascular, Neurocirugía y Cirugía General.

Ranking de los residentes que dedican más horas semanales a su formación.
Ranking de los residentes que dedican más horas semanales a su formación.
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