El caso
A finales del año pasado el Tribunal Supremo dictaba la primera sentencia en la que rechazaba el recurso que CESM y AEMIR habían interpuesto contra el Real Decreto 1146/2006, que regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud, más comúnmente conocido como el decreto laboral MIR.
La Sala Contenciosa del alto tribunal ha rechazado otro recurso de la confederación estatal en el que, a diferencia del primer pleito, se impugnaba parte del contenido de la norma.
En concreto, CESM alegaba que el artículo 2 del decreto no garantizaba del todo la libranza del residente tras la guardia.
Asimismo, el artículo 5 no regula el "grado de responsabilidad que puede asumir el residente en cada año de formación," y las subidas retributivas previstas en el artículo 7 "no están correctamente ajustadas al grado de formación en función de la diferente duración de cada una de las especialidades".
Por último, el sindicato y la asociación de residentes entienden que el reconocimiento médico previsto en la norma vulnera el principio de no discriminación, pues "es lógico que sea parte de una prueba nacional selectiva previa a la obtención de una plaza, pero que dicho examen sea preceptivo y descalificante no debería ser requisito previo a la formalización del contrato".
Los magistrados del alto tribunal no sólo no admiten ninguno de los argumentos de CESM-AEMIR sino que ni siquiera entran a analizarlos, pues desestiman el recurso por cuestiones de carácter formal.
Valoración de AEMIR
AEMIR lamenta la resolución del Tribunal Supremo. Considera que no han sido analizadas en profundidad las alegaciones presentadas y se rechaza a la ligera un recurso que pretende evitar consecuencias muy negativas que derivarán del Estatuto del MIR tanto para los médicos residentes, como para el propio sistema de formación sanitaria especializada.
Sobre patrones de comportamiento...
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Hace 13 horas
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