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Estamos de acuerdo: las retribuciones MIR son “bajas, diferentes y sin estabilidad”


Vicente Matas, coordinador del Centro de Estudios del Sindicato Médico Andaluz (SMA) de Granada, ha realizado un estudio comparativo de las cantidades recibidas por los facultativos en el año 2021 y los recortes asociados desde el año 2009.

El objetivo de este análisis es dar a conocer las diferencias existentes en las retribuciones de los facultativos residentes de medicina, farmacia, biología, química, psicología y física en los diecisiete servicios de Salud de España e INGESA (Ceuta y Melilla).

En este sentido, Matas destaca las circunstancias a las que se enfrentan los médicos, ya que “es necesario tener un bachillerato con nota extraordinaria, una selectividad excelente, seis años de estudios universitarios y la preparación del MIR durante otro año”, una situación a la que tiñen con “demasiadas exigencias para una retribución tan baja”.

El portavoz del sindicato califica estas retribuciones como “impresentables” porque “cuando un médico termina la especialidad con 29 o 30 años, lo que busca es una estabilidad y poder crear un proyecto de futuro“. Asimismo, esta situación se encuentra con dificultades asociadas en el momento de “comprar un piso o alquilar una vivienda”, indica Matas, debido a la precariedad laboral que presentan los contratos laborales.

En este contexto, el sindicato ha detallado las cantidades que reciben los residentes en función de las guardias, los recortes exigidos por la Administración desde 2009 y, a su vez, la pérdida de poder adquisitivo.

Las diferencias existentes radican principalmente en las guardias que realizan los médicos, según explica Matas. Estas jornadas ‘extra’ son de 24 horas y las realizan los profesionales sanitarios fuera de su trabajo habitual, en torno a 5 o 6 veces al mes, pudiendo realizarse en fines de semana o festivos.

En este contexto, según el estudio, la media de las retribuciones en relación con la hora de guardia en día laborable es de 12,95 euros la hora, oscilando en una horquilla de ingresos de 9,78 euros el mínimo, en Canarias, a 15,97 euros el máximo, en Navarra, en residentes de primer año.

“Son más de 6 euros de diferencia cada hora, por unos servicios de salud que deberían retribuir a todos de una forma similar”, lamenta el portavoz de SMA. Estas cantidades alcanzan una diferencia de 8,89 euros entre el máximo y el mínimo retribuido en residentes de cuarto y quinto año.

En este sentido, el listado de comunidades autónomas tiene ocupados los últimos puestos por los residentes de Ceuta, Melilla y Canarias, en todos los años de residencia. Si se valoran estas diferencias en “al menos algún año de residencia”, las comunidades autónomas peor posicionadas son Aragón, Extremadura, Madrid y Comunidad Valenciana.

Asimismo, el estudio pone el foco en “el cómputo de guardias”. Según el autor, existen horas adicionales a la jornada ordinaria que “no se contabilizan como tiempo trabajado”. En este sentido, Matas defiende que computa igual una jornada de 7 horas que otra de 24, a vista de la Administración, mientras que esta situación supone un incremento del IRPF de toda la nómina.

“Si un médico ha estado trabajando 30 años haciendo guardias y siendo residente, le computa que ha trabajado 30 años, sin embargo, valorando las guardias computaría como 40 o 45 años de cualquier otro profesional”, explica Matas.
Retribuciones mensuales

Las retribuciones mensuales medias oscilan, quitando el IRPF y la seguridad social, desde los 1.788 euros netos al mes en residentes de primer año, a los 2.402 euros netos al mes en un MIR de quinto año.

Asimismo, el mínimo de retribución mensual en residentes de primer año se encuentra en Extremadura con 1.716 euros netos en primer lugar, en segundo La Rioja con 1.720 euros netos y Andalucía con 1.721 euros netos, en tercer lugar.

Dichas retribuciones son “muy bajas” debido a los recortes que han sufrido los médicos por las distintas administraciones, denuncia Matas. El experto explica que los residentes MIR se vieron afectados por los mismos recortes impuestos a los médicos especialistas en 2010, a pesar de que el importe mensual fuera distinto.

“El recorte general fue del 5% de media en médicos de forma progresiva que con los recortes de 2012 llegaron al 9-10%”, señala. La subida salarial, por el contrario, ha incrementado a un ritmo menor. Según Matas, “empezaron a subir un 1%, este año ha sido un 0,9%…”, aunque indica que ahora las subidas son lineales.

Este conjunto de medidas ha golpeado a los residentes de los últimos años que “están cobrando menos que en el año 2009, aunque hayan pasado 13 años”, indica Matas.

Asimismo, el portavoz del SMA insiste en la inflación que se ha producido entre enero de 2009 y abril de 2021, que se corresponde con el 16,2 por ciento según datos del Instituto Nacional de Estadística. Esta subida, si se aplica a las retribuciones percibidas este año, permite conocer la pérdida de poder adquisitivo que se ha acumulado. Así lo indica el médico granadino, que destaca una de las consecuencias derivadas de este problema: la pérdida de talento profesional a nivel nacional.

Matas indica que, mientras en otros países como Francia se ofrecen a médicos de familia salarios que oscilan entre 6.000 y 8.000 euros al mes sin guardias, aquí en España “no llegamos a esas cifras ni dedicando tiempo a hacer guardias”.

En este sentido, según el portavoz, los médicos en España deberían cobrar en torno a 3.500 o 4.000 euros netos al mes sin guardias, “debido a las exigencias a las que han tenido que enfrentarse durante su formación y los seguros de responsabilidad que se les pide”.
Peticiones al ministerio

Por estos motivos, los sindicatos médicos llevan años denunciando las retribuciones en los MIR, y en otros profesionales de FSE, sin embargo Matas indica que “no hay manera de que nos escuchen”.

Así las cosas, Matas insiste en que una de las prioridades en el momento de enfrentarse a esta situación es “igualar los salarios para que los que son bajos se acerquen a la media y las diferencias no sean tan importantes”, en lugar de igualar hacia el mínimo.

Por otro lado, el sindicato pide al Gobierno la regularización de los contratos de los profesionales sanitarios. Según Matas, los contratos temporales en España se sitúan en el 40 por ciento, una situación a la que ofrece solución: contratos de larga duración y oposiciones más frecuentes.

Desde el sindicato plantean la posibilidad de convocar a concurso “todas las plazas vacantes que estén libres en julio” en un contexto cuyo examen es fácil de corregir, por los sistemas informáticos, y en unas circunstancias que “son fáciles de baremar”.
Plazas MIR

En esta línea, Matas ha aprovechado para poner el foco en la elección de plaza de Formación Sanitaria Especializada (FSE) correspondiente al 2021, una “grave” situación que “puede provocar que muchos profesionales no tomen posesión”.

Es conveniente recordar que el Ministerio de Sanidad ha decidido hacer la elección de plaza de forma telemática, sin posibilidad de elegir “a tiempo real”, como se venía desarrollando años anteriores. Esta elección es para Matas “arcaica e inhumana”. En este sentido, desde el SMA instan al Gobierno a que la elección cumpla este tipo de garantías. Read More!

AEMIR insiste en desarrollar un convenio colectivo nacional para los MIR

El Gobierno está dispuesto a revisar el contenido del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud, pero hasta la fecha ha desistido negociar un convenio colectivo nacional para los MIR, tal y como AEMIR había reclamado.
AEMIR considera que es un error permitir que los distintos Servicios de Salud generen desigualdades en las condiciones laborales de sus médicos residentes, quienes no olvidemos, se encuentran realizando un trabajo singular, ya que su actividad laboral es al mismo tiempo una acción de formación profesional, en este caso formación sanitaria especializada.
Además, las condiciones variables de unas Comunidades a otras generan inequidades y deforman el "mercado laboral" de los MIR, haciendo que unas Comunidades resulten más atractivas que otras.
Es por ello que AEMIR insiste en la necesidad de contar con un convenio colectivo nacional para los MIR e insta al Ministerio a trabajar en esta línea.
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Aspectos legales del ejercicio MIR

José María Antequera, profesor de Derecho Sanitario y Bioética en la Escuela Nacional de Sanidad (Instituto de Salud Carlos III), hizo una detallada exposición sobre los aspectos legales del ejercicio MIR, y para ello, además de definir el marco jurídico que regula la actividad del médico residente ofreció algunas claves que refuerzan su seguridad jurídica.
En la primera parte de su intervención, Antequera explicó el marco jurídico básico que regula la actividad del residente, con especial detenimiento en el RD 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud; en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias; y en el RD 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

Práctica “programada, tutelada y evaluada”

De esta normativa se desprende, entre otros aspectos, que los MIR son “profesionales sanitarios en formación” -recalcó- y consecuentemente tienen una “relación laboral” que lleva implícito el derecho a una práctica profesional “programada, tutelada y evaluada”.
Sobre la responsabilidad penal, el profesor de Derecho Sanitario dio un “paseo” por los tribunales mostrando cuál ha sido la resolución de algunas sentencias con residentes involucrados; si bien concluyó que, por el “principio de intervención mínima”, no es habitual que en el ámbito sanitario se produzcan sentencias condenatorias: explicó que una afluencia de las mismas iría en detrimento de la “innovación” por parte de los profesionales sanitarios, y ello perjudicaría a la sociedad en su conjunto. Asimismo, hizo alusión a la responsabilidad patrimonial que analiza cuál ha sido la actuación de la Administración (organización, gestión).

Derecho de consulta o de amparo docente

Para concluir, Antequera ofreció una serie de consejos para el confort jurídico de los MIR, entre los que destacó la importancia de conocer sus derechos y obligaciones, así como el marco jurídico y normativa relacionada que regula la práctica profesional del MIR; y de realizar sesiones jurídico-clínicas en las que se hable de leyes, bioética, y la opinión de los jueces y magistrados sobre sus actuaciones. En la práctica diaria, recomendó anotar en la historia clínica de forma exhaustiva; ante la duda, actuar bajo el “principio de precaución” (primero el paciente); y recordar que el derecho de “consulta de apoyo” y el derecho de tutela formativa se mantiene a lo largo de todo el periodo de residencia.
Al finalizar la charla, los residentes asistentes expusieron sus dudas sobre situaciones que afrontan en su día a día.

(*) Visionado íntegro de la charla en los siguientes enlaces:

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El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una médico residente a percibir el plus por guardias durante el embarazo

AEMIR se congratula de la decisión del Tribunal Supremo, que ha reconocido el derecho de una médico residente en el Hospital Universitario Príncipe de Asturias, en Alcalá de Henares (Madrid), a percibir el plus por guardias de atención continuada que había dejado de realizar cuando se encontraba en la fase final de su embarazo. En una resolución que unifica doctrina al respecto, el alto tribunal anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que rechazó las pretensiones de la doctora a seguir cobrando las guardias al no considerar ajustado al derecho que la mujer sufriera una disminución salarial por el mero hecho de haberse acogido a una adaptación de su puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo y lactancia. A juicio del tribunal, en este caso la reducción salarial que se le aplicó fue más allá de un concreto complemento y situó a la trabajadora "en un nivel de tratamiento retributivo inferior incluso a la situación de no prestación de servicios, con lo que se pone en juego el objetivo de protección de la seguridad y la salud de las trabajadoras embarazadas perseguido por la legislación nacional". 
En este caso concreto, la reducción salarial se le había aplicado a la doctora pese a habérsele concedido la adaptación de puesto de trabajo por hallarse en el octavo mes de gestación, que fue cuando se le permitió evitar turnos prolongados y guardias. En todo caso, la mujer -que había sido informada de su derecho a evitar el trabajo nocturno y a turnos durante el primer día de embarazo- había declarado de forma voluntaria su consentimiento a continuar realizándolo bajo su responsabilidad, algo que hizo hasta la fase final de la gestación. La sentencia del Tribunal Supremo señala que, al quitarle el plus de guardias pese a seguir trabajando, la mujer estaba cobrando en realidad menos dinero que si se hubiera encontrado de baja total, por lo que vulneró su derecho a la igualdad y a la no discriminación por sexo. En este supuesto de suspensión del contrato "no hay duda del respeto al principio del mantenimiento de los derechos retributivos de las trabajadoras", señala el Supremo, lo que hace difícil sostener la disminución salarial aplicada a este caso concreto. Consecuentemente, la sentencia de la que ha sido ponente la magistrada María Lourdes Arastey anula la resolución del TSJM y declara la existencia de una vulneración de los derechos de la doctora. Además, restablece su derecho y condena a la adminstración autonómica a abonarle 1.339,03 euros mensuales por el periodo en que mantuvo aquella situación, a los que hay que sumar otros 6.251 euros por daños morales.
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Derechos y Deberes del Médico Interno Residente


Trabajar, MIR
Los residentes disponen de un contrato laboral especial, pero, como cualquier otro trabajador, disponen de derechos y deberes. Su contrato tiene una duración máxima de un año y se va renovando por el mismo tiempo durante el periodo que dure el programa MIR. Eso sí, siempre y cuando se pasen satisfactoriamente las evaluaciones realizadas por el programa.
Es obligatorio realizar jornada completa, siendo imposible ser residente a tiempo parcial. La jornada debe estar diseñada de tal manera que permita al médico realizar el cumplimiento de los programas formativos.
  • El número máximo de guardias que se pueden realizar es de 7 al mes
Jornada laboral y descansos
En cuanto a las horas de trabajo, el Real Decreto 1146/2006 establece que la duración máxima de la jornada laboral del residente ha de ser de un máximo de 37,5 horas semanales de promedio en cómputo semestral. Lo cual podría cambiar si hubiera un acuerdo o convenio que estableciese algo diferente.
En todo caso, entre una jornada y la siguiente ha de haber un mínimo de 12 horas seguidas de descanso. De este modo, después de 24 horas de trabajo ininterrumpido, el residente tendrá un descanso continuo de 12 horas, salvo en casos de emergencia asistencial, para los que se aplicará el régimen de descansos alternativos previstos en el Estatuto Marco.
En cuanto a las guardias, el número máximo que se podrían realizar son 7. Aunque sólo será obligatorio hacer las horas de jornada complementaria que el programa formativo indique.
Jornadas especiales
A esta regla general existen ciertas excepciones. Hay ciertos casos en los que se permite tener una jornada laboral especial que no sobrepasaría las 12 horas diarias:
  • El régimen de fiestas y vacaciones es similar al del resto de trabajadores y está regido por la el Estatuto de los Trabajadores
• Embarazo
• Motivos de guardia legal
• Cuando el residente tenga que encargarse de un familiar directo que no se valga por sí mismo
• Cuando tenga la guardia de un menor de edad
En caso de discapacidad también es algo diferente. Así, no se reducen las horas de trabajo, sino que se organizan de otra forma, permitiendo tener los descansos adecuados.
Fiestas y vacaciones
En cuanto al régimen de fiestas y vacaciones, éste es similar al del resto de trabajadores y está regido por la el Estatuto de los Trabajadores. De forma resumida, esta ley indica que el número de días de vacaciones se pacta en convenio colectivo o contrato individual. Pero, de ninguna manera la duración debe ser inferior a treinta días naturales.
Además, los residentes que ejerzan en entidades titulares docentes dependientes del Sistema Nacional de Salud contarán también con los mismos días libres que el personal de cada servicio de salud.
En cualquier caso, el disfrute de las vacaciones anuales retribuidas y fiestas se establecerán atendiendo a los programas de docencia y las necesidades asistenciales.
Retribuciones
Sobre el salario, la retribución incluye el sueldo, un complemento de grado de formación, un complemento de atención continuada y un posible plus.
El Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina cifra el sueldo base del residente: "Ahora mismo en España el salario base del residente es de entre 1.103 euros y 1.109 dependiendo de las Comunidades Autónomas".
El complemento de grado de formación es una suma que se puede disfrutar a partir del segundo año de residencia. Pretende premiar la adquisición de conocimientos y el creciente grado de responsabilidad del residente.
Tal y como indica el Real Decreto 1146/2006, la cantidad será porcentual respecto al sueldo. Los porcentajes son los siguientes:
• Residentes de segundo curso: ocho por ciento.
• Residentes de tercer curso: 18 por ciento.
• Residentes de cuarto curso: 28 por ciento.
• Residentes de quinto curso: 38 por ciento.
A esto se añade el complemento de atención continuada, que remunera la atención a los usuarios de los servicios sanitarios de manera permanente y continuada. Como indica el CEEM, "las retribuciones correspondientes a las guardias están en torno a los 700 euros mensuales".
Finalmente, existe un plus que se da únicamente en aquellos territorios que lo establezcan.
Además, los residentes tendrán dos pagas extraordinarias en junio y diciembre que corresponden al importe de una mensualidad del sueldo base y del complemento de grado de formación.
Rotaciones
Las rotaciones no podrán superar los cuatro meses seguidos dentro de cada período de evaluación anual y debe estar autorizada por los órganos competentes. Y si se realizan, el MIR tiene derecho a los gastos de viaje.
Deberes
Añadido a todos los derechos anteriores, el residente cuenta con una serie de obligaciones. Una de ellas es cumplir todo el programa de formación con dedicación a tiempo completo, sin la opción de ejecutar ninguna otra actividad laboral, retribuida o no, durante el periodo de formación, incluso aunque este se realice en horario fuera de trabajo. Y aunque sí se permite realizar a la vez un postgrado u otra tarea formativa, no puede alterar la formación como especialista.
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Retribuciones MIR. Estudio comparativo

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Retrasos en el pago a los médicos residentes de Cataluña

La crisis que atraviesa el sector sanitario en Cataluña también afecta a los médicos residentes. Los MIR de algunos hospitales de esta comunidad, que ya se han manifestado en varias ocasiones para denunciar la situación, han visto reducido el número de guardias mensuales que pueden hacer y en la última nómina se han encontrado con una sorpresa: las guardias que hicieron durante el pasado mes de octubre no las cobrarán en diciembre y enero.
"Nadie nos ha dicho nada, nadie nos cuenta nada", explica una médico residente que prefiere mantenerse en el anonimato. "Ahora, viendo la nómina, nos hemos enterdado de que no nos están pagando algunas guardias", asegura, una situación similar a la que viven otros trabajadores sanitarios de la región.
El retraso en los pagos es una de las medidas adoptadas de forma "unilateral" por el Instituto Catalán de Salud (ICS) después de que se rompieran las negociaciones para tratar de consensuar estrategias para cuadrar la cuentas de 2011, según ha explicado el sindicato Metges de Catalunya a este medio.
Negociaciones en las que los MIR carecen de representación oficial; su voz la trasladan algunos sindicatos "por cortesía", asegura Josep María Viguer, residente de Cardiología en Can Ruti y miembro del grupo interhospitalario que está intentando negociar con el ICS.

De repente, 800 euros menos

En el caso de los residentes, esta demora supone una reducción en los ingresos de hasta el 50%. Con un sueldo base de 1.100 euros brutos al mes (unos 900 netos), las guardias suponen una parte muy importante del salario. "Es lo que nos permite tener un sueldo normal y vivir", asegura Viguer. "Hay muchos residentes con familia, hipoteca, gastos... Y, de pronto, cobras 800 euros menos. La gente va a tener problemas".
Haciendo cuentas, un residente del ICS hace ahora mismo tres guardias al mes (menos de las que debería hacer según indica su formación, entre cuatro y seis, aunque esto varia en función del hospital). Estas guardias pueden ser de 17 o de 24 horas, en función de si se realiza en día lectivo o en festivo. Por cada hora de guardia, cobran una cantidad que varía con la antigüedad. Lo estipulado para un R2, un residente de nivel medio, es 14,43 euros brutos la hora en día laborable.
Si en el mes de octubre realizó tres guardias y dos de ellas fueron en la segunda quincena, este mes han cobrado un mínimo de 500 euros menos. Pero puede ser peor. "Hay gente que las hizo todas después del día 15", señala la residente. "De repente, dejas de ingresar un 25% o un 40% de tu sueldo", añade.

Amenaza a la calidad asistencial

La situación es mala para todos los trabajadores sanitarios catalanes. Los médicos adjuntos, por ejemplo, trabajan gratis las dos primeras horas de guardia y tanto ellos como los enfermeros no recebirán la paga extra de navidad. Los residentes "estamos pendientes de una moratoria que termina a finales de año", explica Viguer. "Pero no descarto que después empecemos a hacer horas sin cobrar", se lamenta.
Fuera de Cataluña, "hay hospitales que están empezando a limitar el número de guardias a los residentes", asegura Fernando Rivas, vocal nacional de Médicos en Formación de la Organización Médica Colegial (OMC). Y eso, "más allá del componente económico, afecta a nuestra formación y esto perjudica a la calidad asistencial".
"Aunque no está pasando exactamente lo mismo que en Cataluña, hay un miedo generalizado a que esto se extienda al resto del país", reconoce Rivas. Lo que sí es común a todos los MIR es "la reducción se salarios". Una hecho "paradójico" ya que "los residentes no somos personal estatutario, tenemos una regulación laboral distinta y, sin embargo, nos han aplicado la misma rebaja salarial que a los adjuntos, algo injusto que nos ha hecho perder mucho poder adquisitivo", denuncia.
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Castilla-La Mancha es la comunidad que mejor retribuye a los MIR

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos ha realizado un estudio comparativo de las retribuciones de los MIR españoles en 2009. Los resultados muestran una gran disparidad entre comunidades. Hasta tal punto que las diferencias retributivas pueden suponer en una residencia completa una diferencia de más de 36.000 euros en el dinero recibido por el MIR.

Patricio Martínez, secretario general de CESM, ha sido el encargado de presentar este informe y ha destacado su importancia en un momento como el actual, cuando los MIR están próximos a elegir el hospital en el que quieren desarrollar una especialidad. A su juicio, saber qué autonomías ofrecen mejores retribuciones puede hacer que los residentes se inclinen a elegirlas frente a otras.

La comunidad autónoma que mejor retribuye a los MIR, de manera global, es Castilla-La Mancha, seguida muy de cerca por Navarra, comunidad que tiene el mejor precio por hora de guardia en día laborable, y País Vasco.

Mientras, la Comunidad Valenciana es la que mejor atribuye el precio de la hora ordinaria; el mejor precio por hora de Atención Continuada en días festivos es el correspondiente al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha; el mejor precio por hora de Atención Continuada en días especiales es para los MIR de primer y tercer año y para los MIR de segundo, cuarto y quinto año la mayor retribución corresponde a la Región de Murcia. Por el contrario, las comunidades en las que menos salario reciben son Canarias, Madrid y Extremadura. Aunque, más del 50 por ciento de las comunidades autónomas se sitúan por debajo de la media para el mismo tipo de MIR.


“No habiendo encontrado diferencias que justifiquen la disparidad de retribuciones por hacer una misma actividad, es necesario estandarizar esta situación, no es muy razonable que los servicios de salud establezcan diferencias en las retribuciones, cuando el Sistema Nacional de Salud es decir el mismo para todos los ciudadanos”, según María Jesús Hidalgo Valverde, vicepresidenta de CESM y coautora del estudio.

Ante esta situación, desde CESM proponen dar uniformidad a las retribuciones; crear un observatorio de las retribuciones; unificar el número de días festivos especiales, que entienden que deben ser mínimo seis al año; establecer una retribución, que en ningún caso sea inferior al valor de la hora ordinaria; y, finalmente, que dichas retribuciones sean publicadas anualmente en el Boletín Oficial de cada la comunidad autónoma.


Peticiones a Sanidad

Martínez ha aprovechado la ocasión para insistir en la necesidad de quitar competencias presupuestarias a las comunidades en materia de Sanidad y pedir que estos sean finalistas. Con este cambio, ha declarado el secretario general de CESM, “se lograría homogeneizar el sistema sanitario”. Asimismo, ha defendido un sistema retributivo médico en el que se pague al facultativo “por lo que es, por lo que hace y por cómo lo hace”. Read More!

DOCUMENTO: 'LAS NECESIDADES DE MÉDICOS EN ESPAÑA. VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN ACTUAL Y PROPUESTAS E INICIATIVAS DE FUTURO'

En este estudio de la Fundación AstraZeneca y la Cátedra de Salud Pública y Gestión Sanitaria de la Universidad Europea de Madrid se profundiza en la situación actual de la profesión médica en España, identificando los aspectos a mejorar en el ámbito de los recursos humanos de cara a la planificación futura de los mismos.
DESCARGAR: DOCUMENTO COMPLETO Read More!

PERSISTEN LAS DIFERENCIAS AUTONÓMICAS EN LA RETRIBUCIÓN DE LOS MÉDICOS RESIDENTES

María Jesús Hidalgo Valverde, vicepresidenta de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos en Granada, CESM-Granada, y Vicente Matas Aguilera, vocal de Medicina de Familia CESM y tesorero de CESM-Granada, han vuelto a reflejar en un Estudio las diferencias existentes entre las Comunidades Autónomas a la hora de retribuir a sus Médicos Internos Residentes (MIR).
Este estudio, que fue presentado en el marco del 30 aniversario de la CESM, ofrece las diferencias en las retribuciones de los médicos residentes en los dieciocho servicios de Salud de España durante este año. Por el momento, sus autores han dado a conocer un avance de resultados con carácter provisional. De cara a la elaboración del informe, se han definido cinco prototipos de MIR correspondientes a los cinco años de residencia, partiendo de la hipótesis de que realizan una guardia a la semana, lo que supone aproximadamente 80 horas mensuales. Los autores han estimado que de ellas, 50 horas corresponderían a días laborables, 17 a domingo o festivo y otras 13 horas a sábados.Diferencias retributivas significativasLos resultados son importantes, sobre todo en los MIR-5, pues las diferencias superan los 11.200 euros al año (el 30,8 por ciento) entre el máximo y el mínimo, y los 3.500 euros al año (el 9,9 por ciento) entre el mínimo y la media.
Tal y como recuerda el estudio, las diferencias en los MIR de otros años son igualmente significativas, superando el 20 por ciento entre el mínimo y el máximo, mientras las diferencias entre el mínimo y la media se acercan al 10 por ciento y llegan hasta el 12 por ciento en el caso de los MIR-1.Teniendo en cuenta la residencia completa (es decir, cuatro o cinco años, dependiendo de la duración de cada una de las especialidades), las desigualdades llegan a ser muy importantes. Así, en el caso de comparar la retribución mínima con la máxima, las diferencias superan los 36.500 euros (23 por ciento) en las especialidades de cinco años y los 25.000 euros (21,6 por ciento) en las de cuatro años. Asimismo, si se compara la retribución mínima con la media, las diferencias rebasan los 13.600 euros (8,6 por ciento) en las especialidades de cinco años y los 10.900 euros (9,0 por ciento) en las de cuatro.
Retribución de las guardias
El estudio analiza también la retribución de las guardias, un complemento destinado a remunerar la atención a los usuarios de los servicios sanitarios de manera permanente y continuada. En este sentido, los médicos de CESM encuentran diferencias muy significativas entre Comunidades, que en el futuro pueden llegar a ser determinantes a la hora de seleccionar la Comunidad Autónoma donde realizar el MIR. Así, las diferencias en laborable superan ampliamente el 50 por ciento entre el máximo y el mínimo, oscilando entre los 5,93 euros por hora (el 63,29 por ciento) en el MIR-1 y los 8,17 euros por hora (el 57,21 por ciento) en los MIR-4 y MIR-5. En festivo, se supera con creces el 50 por ciento entre el máximo y el mínimo, que oscila entre los 6,10 euros la hora (el 65,10 por ciento) en el MIR-1 y los 10,05 euros por hora (el 74,28 por ciento) en los residentes de tercer año. Por otro lado, los autores señalan que el esfuerzo y la penosidad de realizar una guardia en festivo especial, no tiene la misma compensación en todos los Servicios de Salud, superando la diferencia entre el máximo y el mínimo el 120 por ciento. Aparecen aquí precios entre los 15,02 euros la hora (el 122,71 por ciento) en el MIR-1 y los 25,10 euros por hora (el 164,05 por ciento) en los residentes de cuarto y quinto año.
Diferencias con los Médicos adjuntos de Hospital
Para terminar, los autores observan una pequeña "sorpresa-maldad", cuando comparan los precios máximos de los MIR con los precios mínimos de los Facultativos Especialistas de Hospital. "Los datos obtenidos resultan especialmente llamativos y por supuesto no eran esperados, pues entendemos que los adjuntos de cualquier Servicio de Salud en España, deben cobrar su hora de guardia a un precio superior al de cualquier MIR de España, pero no sucede así", advierten. Por ejemplo en laborable y festivo los MIR de tercer, cuarto y quinto año cobran en algunos Servicios de Salud más que los Médicos Adjuntos de otros Servicios. Igualmente los MIR de cualquier año cobran los festivos especiales en algunos Servicios a un precio muy superior al que cobran los Médicos Adjuntos de otros Servicios de Salud. Por todo ello, los médicos de CESM-Granada se preguntan su existen razones que justifiquen estas diferencias en los MIR, si contribuyen a mejorar la calidad y equidad del sistema sanitario y, sobre todo, si esto es lógico en el uno de los mejores Sistemas de Salud del mundo.
VER: ESTUDIO RETRIBUCIONES MIR

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